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La Ley 100 de 1993, en su artículo 153, modificado por el artículo 3 de la Ley 1438 de 2011, estableció como principio del Sistema General de Seguridad Social en Salud la participación social, que es la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del Sistema en conjunto.
El Decreto 1757 de 1994, compilado en la parte 10 capitulo 1 título 1 del artículo 2.10.1.1.1 del Decreto Único 780 de 2016. En el marco normativo la promulgación de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, es un hito pues establece expresamente que la salud en un derecho autónomo fundamental y dispone en su artículo 12, que “el derecho fundamental a la salud, comprende el derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la afectan o interesan” y definió el alcance de la participación de forma taxativa:
Fuente: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/GT/politica-ppss-resolucion-2063-de-2017-cartilla.pdf
En cumplimiento de lo anterior te invitamos a ejercer tu derecho a participar en la construcción del sistema general de seguridad social en salud.
Pagina de Participación Ciudadana Ministerio de Protección Social